Una compañía energética se ha visto condenada a indemnizar con 10.000 euros de multa a una mujer en Marbella, tras incluirla durante un año y medio en un fichero de morosos. Una situación que le llevó a tener que soportar que diferentes empresas consultaran sus datos, llegándoles incluso a denegar lo solicitado.
Tras una denuncia ante la justicia, el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Marbella ha condenado a la compañía Fenie Energía S.A, a indemnizarla con 10.000 euros por intromisión ilegítima en su derecho al honor al incorporarla y mantener sus datos registrados en un fichero de morosos.
Según la sentencia, la mujer fue introducida en el registro de morosos por una supuesta deuda de 1.025 euros derivada de un contrato de suministro de electricidad. Asimismo, la demandante cuestionó la validez de dicha deuda ante el servicio de atención al cliente de la empresa y la Oficina Municipal de Información al Consumidor, manifestando que «no le habían advertido en ningún momento de que sería introducida en el fichero de morosos por impago», según informa el bufete de abogados Arriaga Asociados.
Por su parte, Fenie Energía S.A, se opuso a la demanda alegando que la inclusión de la demandante en el registro se realizó conforme a la reglamentación existente, consecuencia del impago de la responsable de la deuda dimanase del contrato de cambio de suministro de energía.
Para el juez «no ha quedado acreditado» que la mujer fuera objeto de requerimiento de pago por una empresa de recobro, ni que hubiera sido advertida por la energética. Así como tampoco ha quedado acreditada la existencia de una deuda que justifique la inclusión de la demandante en dicho fichero.
Ante esto, considera que «su inclusión fue indebida» y condena a la energética a indemnizar con 10.000 euros a la mujer en concepto de daño materia y moral por la ilegítima intromisión en su derecho al honor.