El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de diez años de cárcel impuesta por la Audiencia de Málaga a una mujer por ofrecer a su sobrina un trabajo «inexistente» de cuidadora de niños en España cuando en realidad era para ejercer la prostitución en una vivienda en Marbella (Málaga); además de obligarle a consumir drogas.
Así, el alto Tribunal andaluz rechaza íntegramente el recurso de la defensa y ratifica la condena de la Sección Novena de Málaga por un delito de trata de personas en concurso medial con otro de prostitución coactiva, por el que se le impuso siete años de cárcel; y otro contra la salud pública, por el que la pena fue de tres años de prisión.
Según se declaró probado en la sentencia, ahora confirmada, la acusada, sabiendo «la difícil situación económica de su sobrina», residente en Bolivia, le ofreció un trabajo «inexistente» en España de cuidadora de niños y una vez que esta, guiada por esa oferta de trabajo, llegó a España en abril de 2015 junto a su tía, ésta le retiró el pasaporte en el aeropuerto.
Así, dice la resolución, fue obligada por su tía a ejercer la prostitución en su vivienda de Marbella, «en contra de su voluntad y realizando todos los servicios que le proponía la acusada respecto de los cuales no podía decir no porque le regañaba, y bajo la premisa de que si no la ejercía se quedaría en la calle, sin ningún recurso económico, social ni familiar».
Asimismo, le decía que tenía con ella las deudas del viaje a España, pues el billete de avión fue abonado por su tía. Esta situación, dice la Sala, continuó durante diez meses, hasta que la víctima pudo marcharse del domicilio.
La mujer daba todo el dinero que recibía por sus servicios a la acusada, quien, además, le descontaba la comida y la sustancia estupefaciente que adquiría para ser consumida con los clientes, obligando a la víctima también a consumir cocaína, además de suministrarla.
El TSJA incide en la situación de la víctima al llegar a España, «carente de formación profesional, en situación irregular en nuestro país, sin dinero y debiendo el alto coste del viaje a su tía», por lo que dice que hay que preguntarse «qué alternativa real tenía a aceptar la oferta de prostituirse que la acusada le planteaba de forma presionante».
«Puede que la denunciante haya exagerado o reinterpretado a posteriori algunos puntos de su situación, en cuanto a su libertad ambulatoria o a sus posibilidades de comunicación, pero ello no priva de credibilidad al núcleo de su relato», dice el Tribunal andaluz, insistiendo en la situación «de necesidad y vulnerabilidad, económica y personal, en que se encontraba».