La Junta de Andalucía ha acordado elevar al nivel 2 de alerta Covid desde las 00.00 horas de este jueves 27 de enero a los tres distritos sanitarios de la provincia de Huelva, y mantener en ese estadio a los de las siete restantes provincias que ya lo tenían en vigor, de forma que toda la comunidad autónoma queda desde este jueves en nivel 2 de alerta.
Ello, no obstante, no supone ningún cambio en las restricciones vigentes en la comunidad, ya que los niveles 1 y 2 de alerta Covid no implican nuevos límites de aforos y horarios en comercios, hostelería, ocio nocturno y otras actividades desde su modificación del pasado 17 de diciembre.
Así lo han decidido los comités territoriales de Salud Pública de Alto Impacto de las ocho provincias reunidos este miércoles para analizar los datos epidemiológicos en sus respectivos ámbitos de actuación tomando como base los indicadores epidemiológicos establecidos: incidencia acumulada a 14 días y a 7 días, a 14 días en mayores de 65 años, pruebas diagnósticas de infección activa (PDIA), índice de camas UCI, índice de hospitalización y cobertura de vacunación.
Los nuevos niveles de alerta Covid son de aplicación desde las 00.00 horas de este jueves 27 de enero y hasta las 0,00 horas del 16 de febrero, y no contemplan ninguna medida restrictiva tras acordarse la modificación de limitaciones horarias y de aforo en los niveles 1 y 2, según ha informado la Junta en un comunicado.
El nivel 2 de alerta Covid estaba en vigor desde el 13 de enero en los distritos sanitarios de todas las provincias andaluzas salvo la de Huelva, que se encontraban en nivel 1. El Comité Regional de Alto Impacto en Salud Pública, más conocido como ‘Comité de expertos’, ha acordado este miércoles prorrogar por un mes la orden del 7 de diciembre por la que se eliminan las restricciones de aforos y horarios previstos en los niveles de riesgo 1 y 2.
La nueva regulación de los niveles 1 y 2 aprobada el 17 de diciembre por Salud suprime límites de horarios y aforos vigentes en la regulación anteriores y sólo establece para cines, teatros y establecimientos destinados a espectáculos públicos que «la circulación de las personas por el recinto deberá organizarse de manera que se respete la distancia de seguridad interpersonal, la apertura de puertas se realizará con antelación suficiente para permitir un acceso escalonado y la salida del público deberá procurarse que se realice también de forma escalonada por zonas, garantizando la distancia de seguridad entre personas, debiendo indicarse mediante la oportuna señalética».