El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la pena de 27 años de cárcel impuesta por la Audiencia de Málaga a un hombre por herir de bala a tres personas en un ataque a miembros de una familia rival en una barriada de la capital malagueña. Así, se desestima el recurso presentado por la defensa del acusado.
Los hechos sucedieron en julio de 2022. Según se declaró probado por la Sección Primera de Málaga, y ahora ratifica el TSJA en su resolución, como consecuencia de unos incidentes previos entre miembros de familias distintas entre quienes habían surgido algunas rivalidades, el procesado fue una madrugada de copiloto en un vehículo a la barriada de La Palmilla.
Al llegar a la altura de uno de los bloques, donde estaba un grupo de unas 13 personas de la familia rival, se bajó del vehículo y con un arma de fuego larga «efectuó tres disparos de forma indiscriminada contra las personas allí reunidas, con la unidad de propósito de acabar con su vida», mientras gritaba expresiones como «vais a morir» o «habéis despertado al demonio».
Los allí reunidos, sorprendidos por la forma en que irrumpió el vehículo y alarmados por la actitud del hombre «salieron huyendo» y en ese momento dos proyectiles alcanzaron por la espalda a un hombre y una mujer y otro rozó a un menor de 14 años. Los tres resultaron heridos, pero las lesiones de uno de ellos «hubieran derivado en un riesgo para su vida de no haber recibido asistencia médica urgente».
Por estos hechos se le condenó como autor de tres delitos de asesinato en grado de tentativa, uno de ellos agravado por ser la víctima menor de edad, y otro de tenencia ilícita de armas. Se le impuso una pena de 27 años de cárcel, la prohibición de acercarse o comunicar con las víctimas y el pago de indemnizaciones, siendo la cuantía en el caso de la de mayor gravedad de 270.715 euros.
También le impusieron la medida de seguridad de libertad vigilada por un periodo de cinco años para su cumplimiento posterior a las penas de prisión impuestas. El contenido de las medidas previstas a las que habrá de someterse el condenado se fijará en su momento una vez cumplidas las penas de prisión, a la vista de su evolución en el correspondiente tratamiento penitenciario.