Según se especifica en la web de http://www.banderaazul.org/ los criterios para obtener bandera azul se revisan y consensúan anualmente a nivel internacional por parte de los Operadores Nacionales.
Los criterios que una playa con bandera azul debe cumplir se dividen en cuatro grandes bloques. Uno de ellos es información y Educación Ambiental, incidiendo en que deben existir paneles en las playas con bandera azul con información sobre la playa, los ecosistemas litorales y, en su caso, sobre espacios naturales protegidos próximos, junto con un código de conducta para estos espacios. El municipio debe organizar al menos cinco actividades de educación ambiental al año. De forma voluntaria y complementaria, Bandera Azul promueve y coordina Senderos Azules y Centros Azules.
Por otro lado, la calidad de aguas de baño en la playa, durante la temporada de baños anterior, debe ser excelente, en todos sus puntos de muestreo, conforme a la Directiva de Calidad de Aguas de Baño. Se deben tomar oficialmente un número de muestras periódicas de agua para determinar esta calidad. Adicionalmente, debe cumplir la Directiva de Tratamiento de Aguas Residuales Urbanas.
Asimismo, la playa debe cumplir con la legislación ambiental, en especial la Ley de Costas y debe estar limpia y disponer de una adecuada gestión de residuos, incluyendo la recogida selectiva de envases, papel, vidrio, etcétera. La playa debe contar con baños públicos. Las playas urbanas y/o al menos una de las playas bandera azul del municipio, deben contar con uno adaptado para personas con discapacidad.
Por otro lado, las playas deben tener accesos fáciles y seguros. Además, las playas urbanas deben ser accesibles para personas con discapacidad. Debe existir un equipo de primeros auxilios, así como un adecuado equipo humano y material de socorrismo.