La Consejería de Universidad, Investigación e Innovación aprobará en la primavera de 2024 la nueva programación de títulos a impartir por las universidades andaluzas siguiendo los criterios del decreto de ordenación de las enseñanzas universitarias. De acuerdo con esa planificación, la nueva oferta académica estará lista en 2025 para impartirse durante el curso 2025/2026 y, a partir de entonces, se confeccionará cada cuatro años y se revisará cada dos.
Con este texto normativo, aprobado en junio de este año, Andalucía contará por primera vez con una norma específica de carácter autonómico que reorientará el actual mapa académico de la comunidad hacia una oferta que permita una mayor calidad, racionalidad y eficacia de la educación superior universitaria.
Esa programación contemplada en el decreto se ha de confeccionar a partir de las propuestas de las diferentes instituciones académicas y en ella se deben incluir las titulaciones oficiales a impartir en el periodo establecido. Según esas directrices, los rectores se encuentran actualmente inmersos en el diseño de sus planificaciones docentes para los próximos cuatro años y deberán culminarlas antes de que finalice este año. Una vez recibidos esos planteamientos, la Consejería de Universidad elaborará a principios del próximo año un proyecto de programación que coordine todas esas iniciativas para someterlo posteriormente al Consejo Andaluz de Universidad en primavera y proceder a su aprobación en torno al mes de mayo. Una vez superada esta primera etapa, comenzará el proceso de verificación e implantación de enseñanzas proyectadas o bien de supresión, un procedimiento que dará sus primeros pasos en la segunda mitad de 2024 y se prolongará hasta el primer semestre de 2025.
Esa planificación tendrá en cuenta, entre otros aspectos, la estructura socioeconómica del territorio y su tejido productivo, así como las potencialidades y necesidades de su mercado laboral. En ese sentido, también establece que las universidades deberán prever y potenciar la existencia de servicios y unidades de orientación, inserción y promoción del empleo y del autoempleo, así como la participación de las empresas e instituciones en los sistemas de garantía de calidad de los centros universitarios.
Para incorporarse a dicha programación, a las nuevas enseñanzas universitarias se les exige, en el caso del sistema público universitario, una demanda real tanto por parte de la sociedad andaluza como del estudiantado, que habrá de fundamentarse adecuadamente en estudios y referentes externos. En lo que respecta a la demanda de alumnos de nuevo ingreso se ha de tener en cuenta la registrada en las titulaciones afines en los últimos años y, en el caso de las enseñanzas que estén previstas implantarse y repitan la oferta existente en el sistema público universitario andaluz, se analizarán y aprobarán por separado y estarán condicionadas a cuestiones relacionadas con la demanda social. No obstante, el futuro decreto de ordenación otorga una consideración especial a aquellas titulaciones que, aun teniendo poca demanda, sean necesarias para responder a las exigencias del tejido económico y productivo del territorio o la provincia en cuestión.
La Consejería de Universidad, Investigación e Innovación busca, igualmente, la complementariedad y el equilibrio territorial en la oferta para garantizar su sostenibilidad y evitar duplicidades y carencias significativas. Con esta condición se pretende introducir mecanismos de corrección para eliminar posibles desajustes con la demanda y actualizar el catálogo con carreras que respondan a necesidades objetivas de formación de la sociedad.
De igual modo, la norma plantea atender otros criterios como la suficiencia financiera y de recursos de personal e infraestructura de las universidades y llama la atención sobre la necesidad de que el sistema universitario aborde cambios estructurales para adaptarse a una estrategia de internacionalización.
Desde la óptica de la proyección exterior, las instituciones académicas tienen que revisar sus políticas de ordenación académica determinando qué programas, dobles títulos, currículos, métodos docentes o actividades de I+D+I pueden ser más competitivas a escala global. Asimismo, se exige introducir criterios de reconocimiento profesional entre quienes acrediten el dominio de varias lenguas, establezcan redes académicas y fomenten alianzas estratégicas con otros centros de educación superior. También se reforzarán la movilidad y las estancias del personal docente e investigador fuera de España, así como la presencia de profesores e investigadores extranjeros en el territorio andaluz.
Flexibilidad de criterios para implantar grados y másteres duales
El decreto prioriza la creación de los grados y másteres duales y los de carácter internacional en el sistema universitario andaluz. Para ello, en este tipo de titulaciones se suavizarán los criterios exigidos con carácter general para el resto, sobre todo, en materia de personal docente e investigador, de infraestructuras y dotaciones y de plazos para presentar la documentación.
Los grados y másteres con mención dual contemplan la posibilidad de que el estudiantado complete su proceso formativo con una actividad retribuida en una empresa o institución mediante un contrato de formación en alternancia, de acuerdo con la ley laboral. El porcentaje de créditos que se podrá desarrollar en la empresa o entidad empleadora oscilará entre un mínimo del 20% y un máximo del 40% en el caso de los grados y entre el 25 y el 50% en los másteres. Esta medida tiene como finalidad favorecer la empleabilidad del estudiantado y su incorporación adecuada al tejido productivo y garantiza personal cualificado a sectores que lo necesiten, además de un acceso más fácil a un primer puesto de trabajo.
Por otro lado, en el ámbito de la Ingeniería y la Arquitectura, el decreto también da prioridad a los grados con itinerario académico abierto, un tipo de iniciativa que permite escoger libremente asignaturas de diferentes títulos durante los dos primeros años de carrera, debiendo tener entre 60 y 120 créditos comunes a dos o más grados. Cuando finaliza este periodo, el estudiante tiene que continuar con una de las enseñanzas. También para ambas disciplinas se recoge el denominado ‘recorrido sucesivo’, que posibilita matricularse de un máster sin haber finalizado todos los créditos del grado que da acceso a dicha formación superior.