El Ayuntamiento de Málaga va a limitar el registro de más viviendas de uso turístico en la ciudad, en tanto apruebe una ordenanza que regulará la zonificación en las zonas y barrios más saturados. De ello, han informado este lunes el alcalde, Francisco de la Torre, junto a la concejala delegada de Urbanismo, Carmen Casero.
«Reconocemos el papel positivo que el turismo tiene en Málaga, por supuesto, tanto de hoteles como vivienda turística, pero queremos que todo se haga en términos de armonía y en términos de convivencia», ha asegurado De la Torre al principio de su intervención.
El regidor también ha recordado que se viene trabajando en una nueva ordenanza en la que profundiza en el concepto de zonas saturadas y las limitaciones que se plantearán en zonas saturadas, así como en la normativa turística, «un temas que se está desde hace unos meses trabajando y tendremos frutos pronto».
Así, a modo de cronología, han recordado que el Decreto 31/2024 de 29 de enero, impulsado por la Junta, en vigor desde febrero y por el que se modifican varias disposiciones en materia de viviendas de uso turístico, establecimientos de apartamentos turísticos y hoteleros de Andalucía, posibilita al Consistorio a establecer esta limitación de carácter retroactivo desde la entrada en vigor de referida norma, en el marco del capítulo 6 del Plan General (PGOU) relativo a los usos de Servicios Terciarios y Comercio.
Así, en sus artículos 1 y 2 indica que su objeto es «la ordenación de las viviendas de uso turístico como un servicio de alojamiento turístico, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 13/2011 del Turismo de Andalucía» y que «el alojamiento en viviendas de uso turístico será considerado como un servicio turístico y deberá cumplir con las prescripciones de la Ley 13/2011 del Turismo de Andalucía».
En base a todo ello, y hasta que no se apruebe de forma inicial la ordenanza específica para limitar por zonas el uso turístico, en función del grado de saturación de la zona, en Málaga solo podrán inscribirse como viviendas de uso turístico las que cumplan los siguientes requisitos urbanísticos: tener título habilitante para su ocupación y, que estando situada en un edificio destinado total o parcialmente a viviendas, disponga de elementos de acceso y evacuación adecuados independientes de los del resto del edificio, así como de instalaciones generales totalmente independientes de las del resto del edificio.
Por tanto, los propietarios que hayan solicitado una declaración responsable a partir de la entrada en vigor del Decreto 31/2024 en febrero, para poder obtener la autorización de vivienda con uso turístico tendrán que tener título habilitante para su ocupación y, en el caso de que se encuentre en un edificio de viviendas, deberá disponer de acceso y suministros independientes del resto del edificio.
La limitación tiene carácter temporal hasta que el Consistorio apruebe de forma inicial la ordenanza. Para la redacción del texto de la ordenanza Espacio Común Coop está elaborando un documento de análisis sobre el impacto que la implantación de las viviendas de uso turístico está teniendo sobre el mercado de la vivienda.
El alcalde ha señalado que las 800 solicitudes que ahora mismo tiene sobre la mesa el Ayuntamiento para viviendas turísticas se analizarán y se les pedirá que demuestren si tienen una entrada independiente, «y si no la tienen, siempre tendrán el camino del alquiler de larga temporada».