El Juzgado de lo Penal número 9 de Málaga ha absuelto al hombre acusado de sustituir por unos de plástico dos cuernos de rinoceronte verdaderos que el exasesor de Marbella y principal condenado en el caso ‘Malaya’, Juan Antonio Roca, tenía como trofeos de caza en una de sus viviendas y poner en su lugar unos de plástico. Se considera que no hay prueba de los delitos por los que fue juzgado.
Según se considera probado en la sentencia, consultada por Europa Press, el acusado fue contratado por el administrador judicial de la entidad Marqués de Velilla S.L., titular de la finca La Caridad de San Pedro de Alcántara, en Marbella, propiedad de Roca. En febrero de 2011 realizó trabajos de desparasitación y desinfección de los trofeos.
Entre esos trofeos se encontraba una pareja de cuernos de rinoceronte blanco, montados en una tabla que se consideraban al parecer auténticos, que han sido valorados pericialmente en 52.000 euros y que habían sido legalmente importados por su titular y amparados por certificados Cites de importación, según señala la resolución.
Pero el juzgador considera que «no puede llegar a considerarse suficientemente acreditado que dicho acusado, durante el desempeño de esa tarea que le fue encomendada y aprovechando tal circunstancia, con ánimo de ilícito beneficio, sustituyera unos cuernos de rinocerontes auténticos por otros falsos de imitación compuestos de
material plástico», por lo que le absuelve del delito de hurto.
La sentencia señala, igualmente, que «el comercio de cuernos de rinoceronte esta protegido por el convenio Cites, sobre Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre», por lo que está prohibido el comercio del animal y sus restos importados.
No obstante, añade que «no puede tampoco llegar a considerarse que el acusado hubiera tenido intervención alguna en la posible venta de tales cuernos originales sustraídos o sustituidos, tan siquiera si la misma llegó o no a producirse, pues se desconoce cual fue su paradero». Por esto, se le absuelve también de los delitos de contrabando y contra la fauna en grado de tentativa.
El magistrado explica que «las pruebas practicadas en el acto del juicio y sustentada, como así destacó la acusación pública, en indicios, no han sido suficientes para producir en el ánimo de este juzgador un razonable convencimiento sobre la culpabilidad del acusado en lo que concierne a la comisión de los delitos que han sido
objeto de acusación».
Así, señala que Roca dijo en el juicio que inicialmente había dos tablillas con cuernos de rinoceronte originales, apuntando el juez que si se achaca al acusado solamente la sustitución de una por otra con objetos de plástico, surgen dudas sobre la desaparición de la otra; al igual que sobre cómo se hizo la valoración de las piezas y en qué momento.
La sentencia señala que el acusado estuvo acompañado en las distintas visitas a la finca y en las entradas y salidas de la misma; además de que por la sala pasaron más personas, por lo que se reitera que «ni una sola prueba es determinante como para asegurar que los cuernos originales se encontraban en la sala de trofeos justo antes de que el acusado hubiera acudido».
«Inciden aspectos que lleva a generar dudas acerca de que la tabla con cuernos de rinocerontes originales estuviera en la sala cuando acudió el acusado y que la misma no hubiera sido ya sustituida, no solamente antes, sino incluso después, entre que el procesado ejecutó los trabajos y la Guardia Civil incautó la tabla y la sometió a pericia», dice la resolución, aludiendo a un «cierto descontrol».